Editado: ago 23, 2023
Las nueve preguntas de admisibilidad del ESTA tienen por objeto ayudar al Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de Estados Unidos (CBP) a determinar la admisibilidad de un solicitante en Estados Unidos en el marco del Programa de Exención de Visado. Cada una de estas preguntas es muy importante, ya que la respuesta de un solicitante sobre aspectos como su salud personal, antecedentes penales, antecedentes de drogas, actividades relacionadas con el terrorismo, aspiraciones de empleo en EE.UU., historial de inmigración y visados en EE.UU., así como su historial de viajes a determinados países de África y Oriente Medio, da al CBP una indicación clara de si un solicitante puede suponer un riesgo para la seguridad.
Estas preguntas están referenciadas en el siguiente sitio: https://cbp.gov/
"¿Padece algún trastorno físico o mental; o abusa de las drogas o es drogadicto; o padece actualmente alguna de las siguientes enfermedades (las enfermedades contagiosas se especifican de conformidad con la sección 361(b) de la Ley de Servicios de Salud Pública): Cólera, Difteria, Tuberculosis infecciosa, Peste, Viruela, Fiebre amarilla, Fiebres hemorrágicas víricas, incluidas Ébola, Lassa, Marburg, Crimea-Congo, Enfermedades respiratorias agudas graves capaces de transmitirse a otras personas y que puedan causar mortalidad".
La primera pregunta de elegibilidad ESTA se refiere a la salud física y mental del solicitante, el consumo de drogas, así como las infecciones por enfermedades. La pregunta indica específicamente los tipos de enfermedades que el solicitante debe revelar. La razón por la que estos temas relacionados con la salud se agrupan en una sola pregunta se debe a los riesgos colectivos que se perciben de causar una carga en la salud de los residentes de EE.UU. y en el sistema de salud de EE.UU. en caso de que un viajero sufra de trastornos físicos o mentales, adicción a las drogas o cualquier enfermedad. Es comprensible que el gobierno estadounidense desee controlar y regular las enfermedades transmisibles junto con otros riesgos relacionados con la salud. Las autoridades de inmigración o sanitarias suelen plantear estas preguntas a las personas que desean entrar en un país. El objetivo es proteger la salud y la seguridad de la población identificando y gestionando los posibles riesgos sanitarios. Responder a estas preguntas con sinceridad es crucial, ya que proporcionar información falsa puede tener repercusiones legales.
"¿Alguna vez ha sido detenido o condenado por un delito que haya causado daños graves a la propiedad, o daños graves a otra persona o a la autoridad gubernamental?"
La segunda pregunta de elegibilidad ESTA pide al solicitante que revele, respondiendo "sí" o "no", a delito no relacionado con drogas que resultó en daño a una persona o a la propiedad de una persona. Anteriormente, esta pregunta utilizaba el término "vileza moral", lo que causaba confusión entre los solicitantes en torno a la definición legal. Afortunadamente, el DHS ha cambiado la pregunta a su forma actual anterior y, aunque ha mejorado en claridad, el término "grave" introduce subjetividad en la interpretación de la pregunta. El nivel de gravedad en daños o perjuicios de un delito anterior queda a discreción del solicitante. Cada gobierno europeo clasifica la gravedad de los delitos de forma diferente en relación con Estados Unidos, que clasifica los delitos penales en delitos graves, infracciones (también llamadas violaciones) o delitos menores. Por ejemplo, en función del daño total, los delitos menores suelen considerarse actos delictivos "menores" y de baja gravedad y van desde actividades como hurtos, intoxicación pública, vandalismo, conducción temeraria y posesión de cannabis. Los delitos graves son de alta gravedad y abarcan delitos como homicidio involuntario, asesinato, robo con allanamiento de morada, evasión fiscal, incendio provocado, traición, fraude, etc. Sin embargo, el solicitante debe tener en cuenta que al realizar las comprobaciones de los solicitantes, ESTA tiene acceso a los antecedentes penales y policiales de los gobiernos europeos.
Desglosémoslo un poco más:
¿Ha sido detenido o condenado alguna vez:
Esta pregunta se refiere tanto a las detenciones (ser detenido por las fuerzas del orden) como a las condenas (ser declarado culpable ante un tribunal). Cabe señalar que una detención no conduce necesariamente a una condena, ya que una persona puede ser detenida y posteriormente declarada inocente o se le retiren los cargos.
por un delito:
Especifica que los detalles posteriores están relacionados con delitos penales, no civiles.
que hayan causado graves daños materiales:
Se refiere a delitos en los que se causaron daños importantes a la propiedad de alguien. Algunos ejemplos pueden ser los incendios provocados, el vandalismo con destrucción a gran escala o el uso de explosivos.
o daños graves a otra persona:
Se refiere a delitos violentos en los que se causó un daño grave a otra persona. Algunos ejemplos son la agresión con resultado de lesiones corporales graves, el intento de asesinato u otros delitos violentos que causaron lesiones importantes.
o autoridad gubernamental:
Esta parte amplía el ámbito de aplicación para incluir delitos contra funcionarios o entidades gubernamentales. Los ejemplos podrían incluir la agresión a un agente de policía, ataques a edificios gubernamentales o actos de terrorismo.
"¿Ha infringido alguna vez alguna ley relacionada con la posesión, el consumo o la distribución de drogas ilegales?".
La tercera pregunta de elegibilidad ESTA se refiere a delitos relacionados con drogas. A diferencia de otras preguntas en el formulario ESTA, esta pregunta es muy clara y concisa y sencilla de interpretar sin importar donde resida o tenga la ciudadanía el solicitante. Esencialmente, cualquier solicitante ESTA que haya infringido las leyes relacionadas con el procesamiento, uso o distribución de drogas ilegales debe responder "sí" a esta pregunta.
"¿Busca participar o ha participado alguna vez en actividades terroristas, espionaje, sabotaje o genocidio?".
La cuarta pregunta de elegibilidad ESTA está claramente redactada y tiene por objeto descalificar a los solicitantes que hayan cometido terrorismo, espionaje, sabotaje o genocidio. Esta pregunta no se refiere a los antecedentes penales del solicitante en relación con estas actividades, sino que pide al solicitante del ESTA que revele si desea participar en tales actividades durante su estancia en los Estados Unidos. Si el solicitante realmente desea participar en dichas actividades, debe responder "sí" a esta pregunta. Según Merriam-Webster:
Terrorismo es el "uso ilegal de la violencia y la intimidación, especialmente contra civiles, en la persecución de objetivos políticos".
Espionaje es la "práctica de espiar o de utilizar espías, normalmente por parte de los gobiernos para obtener información política y militar".
Sabotaje es "destruir, dañar u obstruir (algo) deliberadamente, especialmente para obtener ventajas políticas o militares".
Genocidio es "la matanza deliberada de un grupo numeroso de personas, especialmente las de una nación o grupo étnico determinado".
"¿Alguna vez ha cometido fraude o ha falseado su identidad o la de otros para obtener, o ayudar a otros a obtener, un visado o la entrada en Estados Unidos?".
Los solicitantes que han cometido fraude y tergiversación al solicitar visados estadounidenses o autorizaciones electrónicas se consideran riesgos para la seguridad, por lo que el CBP ha asignado una pregunta en el formulario de elegibilidad ESTA para denegar la autorización a dichas personas. Independientemente de si el delito se cometió en beneficio propio o ajeno, el solicitante del ESTA debe revelar que ha cometido fraude o tergiversación aunque no haya sido acusado o capturado.
"¿Está usted actualmente buscando empleo en los Estados Unidos o estuvo usted previamente empleado en los Estados Unidos sin permiso previo del gobierno de los Estados Unidos?"
Los visitantes estadounidenses acogidos al Programa de Exención u otros visados no relacionados con el trabajo abusan de las condiciones de su estancia para trabajar en Estados Unidos sin permiso del gobierno estadounidense. Con esta pregunta se pretende descalificar a los solicitantes del ESTA que estén buscando empleo en Estados Unidos o a aquellos que hayan violado previamente las condiciones de sus visados estadounidenses. Los visitantes estadounidenses no están autorizados a realizar ningún trabajo con un visado B-1 o el VWP y deben obtener el visado de trabajo correspondiente antes de iniciar cualquier forma de trabajo remunerado en Estados Unidos. Un ESTA no puede ser utilizado por solicitantes de empleo, sin embargo, es probable que pueda ser utilizado para viajar a una entrevista de trabajo programada antes de la llegada a los EE.UU. En la frontera, a los solicitantes con ESTAs aprobados se les puede pedir que expliquen que el propósito de su visita es para una entrevista de trabajo programada. Además, en su tarjeta de desembarque en EE.UU., el visitante debe indicar que el propósito de su viaje es por negocios.
"¿Le han denegado alguna vez un visado estadounidense que solicitó con su pasaporte actual o anterior, o le han denegado alguna vez la admisión en Estados Unidos o retirado su solicitud de admisión en un puerto de entrada de Estados Unidos?".
He aquí un análisis sección por sección de la pregunta:
¿Le han denegado alguna vez un visado estadounidense que solicitó con su pasaporte actual o anterior?
En esta parte de la pregunta se pregunta si la persona se ha enfrentado alguna vez a una denegación al solicitar un visado estadounidense. La mención de "pasaporte actual o anterior" garantiza que se informe de cualquier denegación de visado anterior, aunque se haya producido con un pasaporte diferente.
o se le ha denegado alguna vez la admisión en Estados Unidos:
Se refiere a situaciones en las que una persona puede haber llegado a un puerto de entrada a Estados Unidos (como un aeropuerto o una frontera terrestre) y los funcionarios de Aduanas y Protección de Fronteras de Estados Unidos le han denegado la entrada. Esto puede ocurrir por diversas razones, como discrepancias en la documentación, sospecha de intento de estancia excesiva u otros motivos.¿O ha retirado su solicitud de admisión en un puerto de entrada de EE.UU.?
A veces, cuando las personas se enfrentan a interrogatorios o problemas al llegar a un puerto de entrada de EE.UU., pueden optar por "retirar" su solicitud de admisión. Esto significa que deciden voluntariamente no seguir adelante con el proceso de entrada y regresar a su punto de origen. El gobierno de EE.UU. está interesado en saber si esto ha sucedido en el pasado porque podría plantear preocupaciones o dar lugar a más preguntas. El objetivo de esta pregunta es hacerse una idea clara de cualquier dificultad o problema que la persona haya podido tener en el pasado con los visados o los procedimientos de entrada en Estados Unidos. Las denegaciones, denegaciones o retiradas anteriores pueden ser relevantes para determinar la elegibilidad y credibilidad de la solicitud o petición actual de una persona.
"¿Ha permanecido alguna vez en Estados Unidos más tiempo que el periodo de admisión que le ha concedido el gobierno de EE.UU.?".
Cuando una persona entra en Estados Unidos, ya sea con un visado, en virtud del Programa de Exención de Visado o de otro estatus migratorio, se le concede una duración específica durante la cual se le permite permanecer en el país. Esta duración se conoce como "periodo de admisión" o a veces como "duración del estatus". Este periodo no siempre coincide con la validez del visado. Por ejemplo, una persona puede tener un visado de turista de 10 años, pero normalmente sólo se le permite permanecer durante un periodo de seis meses (u otro periodo especificado) en una visita determinada. Superar la duración de una exención de visado o de un visado mientras se está en Estados Unidos y violar las condiciones de un visado se consideran infracciones graves. Por lo tanto, las personas que hayan sobrepasado un visado estadounidense anterior o ESTAs pueden esperar tener problemas para obtener visados posteriores o autorizaciones electrónicas de viaje a Estados Unidos. Incluso un día transcurrido por encima del tiempo permitido en un visado o un ESTA tendrá consecuencias para las futuras perspectivas de admisión de un solicitante de ESTA.
"¿Ha viajado o ha estado presente en Cuba, Irán, Irak, Libia, Corea del Norte, Somalia, Sudán, Siria o Yemen a partir del 1 de marzo de 2011?"
En 2016, normas adicionales para debido aumento de la seguridad y las amenazas del terrorismo. La novena pregunta de elegibilidad ESTA se incluyó en el formulario ESTA para descalificar a las personas que han viajado a Irak, Siria, Irán, Sudán, Libia, Corea del Norte, Somalia o Yemen desde 2011. El DHS considera que estos países representan un riesgo para la seguridad y, por lo tanto, los solicitantes del ESTA que hayan viajado a estos países desde 2011 tendrán que revelar el hecho en su solicitud ESTA. A principios de 2021, Cuba fue añadida al Estado Patrocinador del Terrorismo (SST), y por lo tanto aparece en esta pregunta.
Responder "Sí" a estas preguntas de elegibilidad probablemente resultará en la denegación de una solicitud ESTA. Por lo tanto, asegúrese de entender completamente las preguntas leyéndolas detenidamente antes de responder. Si responde "Sí", el sistema le pedirá que confirme su respuesta antes de continuar. Proporcionar información engañosa o intencionalmente falsa en las preguntas de elegibilidad, o en cualquier parte de su formulario, probablemente resultará en la denegación de su solicitud ESTA.
Si usted posee un pasaporte de un país elegible para la exención de visado y desea obtener un ESTA con fines turísticos, de negocios, médicos o de tránsito, comience con su solicitud, de lo contrario, visite las preguntas frecuentes para obtener más información sobre el ESTA