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Noticias, información y ayuda sobre ESTA.

Qué es ESTA - Permiso de viaje para entrar en Estados Unidos

What is the ESTA visa waiver?

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Programa de exención de visado


¿Qué es el Programa de Exención de Visado (VWP)?

El Programa de Exención de Visado (VWP) permite a los ciudadanos de los países participantes viajar a EE.UU. como no inmigrantes por motivos de negocios, turismo, tránsito y médicos. Los viajeros que llegan a EE.UU. en el marco del VWP pueden permanecer hasta 90 días por visita y no están obligados a obtener otras autorizaciones de viaje, como un visado estadounidense. Actualmente hay 42 países que participan en el VWP.

Las personas que viajan bajo el VWP aceptan renunciar a sus derechos de revisión o apelación. Por lo tanto, la obtención de un ESTA aprobado no garantiza al viajero la entrada en Estados Unidos.

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Autorización de Viaje


¿Qué es una autorización de viaje ESTA?

ESTA significa Sistema Electrónico de Autorización de Viaje. ESTA es un sistema de solicitud en línea desarrollado por el gobierno de los Estados Unidos para preseleccionar a los viajeros antes de que se les permita abordar un avión o un barco con destino a los Estados Unidos. Desde el 12 de enero de 2009, toda persona que entre en Estados Unidos en el marco del programa de exención de visado debe ser titular de una ESTA aprobada. Los extranjeros que no reúnan los requisitos para el ESTA o a los que se les haya denegado el ESTA, tendrán que solicitar un visado estadounidense.

Puede utilizar este sitio web para presentar su solicitud ESTA. Se requiere la siguiente información para enviar el formulario:

  • Datos del pasaporte
  • Información de contacto, incluyendo domicilio y número(s) de teléfono
  • Información de viaje, como su punto de contacto en EE.UU. y la dirección de su alojamiento en EE.UU.
  • Información laboral (si está empleado)
  • Datos de la tarjeta de crédito o débito para pagar la tasa de solicitud

Una vez que haya introducido la información requerida, el sistema procesará su solicitud para viajar a EE.UU. en el marco del Programa de Exención de Visado. Su solicitud puede tardar hasta 72 horas en tramitarse, aunque la mayoría de las solicitudes se aprueban en cuestión de minutos o de pocas horas. Si se aprueba su autorización, se le autorizará a embarcar en la compañía aérea o marítima con destino a Estados Unidos.

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¿Quién puede solicitar la admisión en el marco del Programa de Exención de Visado?

Usted será elegible para solicitar admisión bajo el Programa de Exención de Visado (Visa Waiver Program) si;

  • Tiene la intención de entrar en Estados Unidos durante 90 días o menos por negocios, turismo/placer o tránsito
  • Tiene autorización para viajar a través del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje
  • Llega a través de una compañía aérea o marítima signataria del Programa de Exención de Visado
  • Tiene un billete de ida y vuelta
  • Su viaje no puede terminar en territorio contiguo o islas adyacentes a menos que el viajero sea residente de una de esas áreas
  • Usted es ciudadano o nacional y está en posesión de un pasaporte de uno de los países del Programa de Exención de Visado (véase la lista más abajo)

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¿Quién debe solicitar una autorización de viaje ESTA?

Todos los viajeros que entren en Estados Unidos (por vía aérea o marítima) en el marco del programa de exención de visado deben ser titulares de una autorización de viaje ESTA válida. El objetivo del ESTA es permitir que el Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. realice un control previo de todos los viajeros exentos de visado antes de que salgan de sus respectivos países. Se recomienda a los viajeros con destino a Estados Unidos que soliciten una autorización de viaje al menos 72 horas antes de la salida.

Toda persona que no disponga de visado y tenga previsto viajar a Estados Unidos en el marco del Programa de Exención de Visado debe contar con una autorización de viaje preaprobada, lo que incluye a bebés y niños. La autorización debe obtenerse antes de viajar y es necesaria independientemente de si el viaje se realiza por vía aérea o marítima. Es admisible que un tercero presente una solicitud en nombre de un viajero.

Las condiciones completas de un ESTA son:

  • El ESTA es válido durante 24 meses a partir de la fecha de aprobación (o hasta la fecha de caducidad de su pasaporte si éste caduca en los próximos 24 meses);
  • El ESTA puede utilizarse para múltiples entradas;
  • El ESTA sólo puede utilizarse para visitas de hasta 90 días por estancia a partir de la fecha de llegada a un territorio estadounidense;
  • El titular de un ESTA tiene derecho a realizar turismo y ciertas actividades de negocios tales como explorar oportunidades de trabajo, consultar con socios de negocios, viajar para una convención o conferencia científica, educativa, profesional o de negocios; y
  • El titular de un ESTA no está autorizado a realizar ningún trabajo, estudio o formación.

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¿Durante cuánto tiempo es válido mi ESTA?

Salvo revocación, las autorizaciones de viaje son válidas durante dos años a partir de la fecha de autorización, o hasta que caduque su pasaporte, lo que ocurra primero. Sin embargo, una ESTA también puede ser revocada o sobrescrita por el solicitante al volver a presentar una nueva solicitud ESTA. Su autorización de viaje también se anulará automáticamente si su pasaporte caduca antes de que finalice el periodo de dos años en el que se emitió la autorización de viaje.

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¿El ESTA garantiza la entrada en Estados Unidos?

Una autorización de viaje aprobada sólo le permite viajar a Estados Unidos, no le garantiza la entrada. La admisión la determina un funcionario del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), que revisará su pasaporte y le hará preguntas sobre su visita a su llegada a Estados Unidos. A continuación, el funcionario determinará si usted puede entrar en función de su admisibilidad con arreglo al Programa de Exención de Visado y a la legislación estadounidense.

Si su autorización electrónica de viaje es aprobada, esta aprobación establece que usted es elegible para viajar a los Estados Unidos bajo el Programa de Exención de Visado, pero no garantiza que usted sea admisible en los Estados Unidos. A su llegada a los Estados Unidos será inspeccionado por un funcionario de Aduanas y Protección de Fronteras en un puerto de entrada que puede determinar que usted es inadmisible en virtud del Programa de Exención de Visado o por cualquier motivo en virtud de la legislación de los Estados Unidos.

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¿Es un ESTA como un visado?

No, un ESTA no es un visado. No cumple con los requisitos legales o reglamentarios para servir en lugar de un visado de los Estados Unidos cuando se requiere un visado bajo la ley de los Estados Unidos. Las personas que posean un visado válido podrán seguir viajando a Estados Unidos con dicho visado para el fin para el que fue expedido. Asimismo, las personas que viajen con visados estadounidenses válidos no estarán obligadas a solicitar un ESTA.

Además, un ESTA no será reconocido en lugar de un visado de no inmigrante o de inmigrante. Si es titular de un visado válido, puede viajar a EE.UU. con ese visado y no es necesario solicitar una autorización de viaje adicional.

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Los nacionales o ciudadanos de países que participan en el Programa de exención de visado, ¿necesitan un ESTA si sólo transitan por Estados Unidos de camino a otro país?

Los nacionales o ciudadanos de países que participan en el Programa de exención de visado necesitan un ESTA o un visado para transitar por Estados Unidos. Si un viajero sólo tiene previsto transitar por Estados Unidos de camino a otro país, cuando cumplimente la solicitud de autorización de viaje, deberá seleccionar la opción de que su visita es para fines de "Tránsito" en el campo "Dirección durante la estancia en Estados Unidos" de la solicitud.

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¿Qué debe hacer un viajero si no se le autoriza a viajar con el ESTA?

Si una solicitud ESTA es denegada y el viajero desea continuar con el viaje, deberá solicitar un visado de no inmigrante cumplimentando un formulario DS-160, así como acudir a una entrevista en una Embajada o Consulado de Estados Unidos.

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¿Quién puede solicitar la entrada en EE.UU. en virtud del Programa de Exención de Visado?

Cualquier persona que sea ciudadano o nacional de uno de los países participantes puede solicitar la entrada en virtud del VWP. A continuación se enumeran los requisitos de elegibilidad:

  • Entrar en EE.UU. como no inmigrante, por un periodo no superior a 90 días, ya sea por motivos de negocios o de ocio.
  • Es titular de un pasaporte VWP válido expedido por un país participante.
  • Es titular de un billete de ida y vuelta.
  • Ha obtenido un ESTA aprobado.
  • Tiene previsto regresar a su país y su viaje no finaliza en un lugar cercano a EE.UU. o en las islas vecinas. Sin embargo, si es residente de una de esas zonas, está autorizado.
  • Usted no constituye una amenaza potencial para el bienestar, la salud o la seguridad de Estados Unidos o de cualquiera de sus ciudadanos.
  • El funcionario de Aduanas y Protección Fronteriza de EE.UU. tiene el honor de tomar la decisión final de entrada, y usted tendrá que demostrar que está cualificado y es libre para que se le permita la entrada en virtud del VWP.
  • Usted renuncia a cualquier derecho de revisión o apelación de cualquier decisión tomada por la CBP con respecto a su entrada en los Estados Unidos.
  • Puede proporcionar confirmación y reafirmar su renuncia de derechos a su llegada. Debe presentar información personal y elementos que le identifiquen personalmente, como huellas dactilares e imágenes.
  • Usted ha cumplido con todos los requisitos de cualquier admisión(es) previa(s) bajo el VWP.

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¿Cuáles son los requisitos del pasaporte para viajar en el marco del Programa de Exención de Visado?

El pasaporte debe contener un chip digital con una fotografía digital del titular del pasaporte. Este chip digital lleva identificadores únicos sobre el titular del pasaporte. En la sección de información personal también debe haber una zona de lectura exclusiva. Esto se identifica por las dos líneas de texto con números y chevrones (<<<) en la parte inferior de esa página.

Nota: Sólo los ciudadanos británicos de pleno derecho pueden solicitar un ESTA. Los súbditos británicos, los ciudadanos de territorios dependientes británicos, los ciudadanos británicos de ultramar, los ciudadanos nacionales británicos (de ultramar) o las personas protegidas británicas no pueden viajar a Estados Unidos en virtud del VWP y necesitarán un visado estadounidense.

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¿Cuándo debo optar por un visado para viajar a EE.UU. en lugar de un ESTA?

  • Si su estancia en EE.UU. superará los 90 días y no cumple los requisitos de entrada en EE.UU. en virtud del VWP, como una visita con fines recreativos o de negocios que no supere el límite de 90 días.
  • Si la compañía aérea o marítima que utiliza para viajar a EE.UU. no está afiliada al VWP.
  • Si cree firmemente que no cumple los requisitos para entrar en EE.UU. en virtud del VWP como resultado directo de la Ley de Inmigración y Nacionalidad § 212(a).

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¿Existen desventajas específicas al utilizar el VWP?

Al utilizar el VWP, los solicitantes renuncian a su derecho de revisión y apelación de cualquier decisión. Hay que tener en cuenta las siguientes condiciones:

  • No tiene derecho a recurrir una decisión sobre la admisibilidad si se le deniega la entrada en EE.UU.. Esto significa que podría viajar a EE.UU. y aun así no se le permitiría la entrada, pero no tendría derecho a impugnar la denegación de la admisión.
  • No tiene derecho a revisar o apelar su expulsión de Estados Unidos, si incumple los términos y condiciones que rodean su admisión. Esto no se aplica a quienes entraron en EE.UU. como solicitantes de asilo al amparo del Programa de Exención de Visado.

Su estatus como no inmigrante no se puede cambiar una vez que se le ha concedido la entrada en EE.UU. bajo el Programa de Exención de Visado.

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¿Qué pasa si el oficial del CBP no me permite la entrada en los Estados Unidos?

Si se le deniega la entrada en los EE.UU., tendrá que regresar a su país de origen o a un tercer país. Será deportado a través de la misma compañía aérea que utilizó para viajar a EE.UU.

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¿Es el ESTA lo mismo que un visado electrónico, teniendo en cuenta las preguntas adicionales?

No. Un ESTA es una exención de visado y Estados Unidos no ofrece "visados electrónicos". Un ESTA difiere de un visado estadounidense en que los requisitos de visado, por ejemplo para los visados B1 y B2, son multifacéticos y requieren una entrevista en un consulado o embajada de Estados Unidos. El ESTA no requiere tanta información antes del viaje ni una entrevista en la embajada, mientras que la solicitud de visado va acompañada de información personal específica, así como información relativa a los planes de viaje del solicitante e información más exhaustiva sobre el empleo, la inmigración y otros antecedentes personales del individuo. Los participantes en el programa Visa Waiver no están sujetos a estas preguntas cuando solicitan una autorización de viaje y no está previsto incluir preguntas del DS-160 en el formulario ESTA.

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¿Cuál es el mejor momento para solicitar una autorización de viaje?

La solicitud de autorización de viaje debe presentarse semanas o meses antes de la fecha del viaje. Las solicitudes se aceptan en cualquier momento antes de viajar a EE.UU. y una vez aprobada, la autorización tendrá una duración de 2 años, o la fecha de caducidad del pasaporte, lo que ocurra primero.

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¿Pueden los posibles viajeros solicitar una autorización de viaje para viajar a EE.UU. con poca antelación sin haber hecho previamente planes de viaje concertados?

Sí, los planes de viaje a EE.UU. previamente concertados o detallados no son necesarios para cumplimentar la solicitud ESTA.

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Si el viajero del Programa Visa Waiver posee más de un pasaporte, ¿es posible que realice un viaje a EE.UU. con un pasaporte diferente al utilizado en el proceso de solicitud?

No. Cada persona que viaje en el marco del Programa de exención de visado debe hacerlo con el pasaporte que utilizó originalmente para obtener la autorización aprobada. Es importante tener en cuenta que si el viajero necesita un nuevo pasaporte, deberá presentar una nueva solicitud de autorización de viaje al ESTA y se le cobrará una nueva tasa por cada nueva solicitud. Por lo tanto, es importante asegurarse de que su pasaporte es actual y durará la duración de su estancia prevista.

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¿Sigue siendo necesario rellenar un formulario I-94W si he obtenido una autorización de viaje aprobada a través del ESTA como viajero del Programa de Exención de Visado?

No, ya no es necesario. Con la introducción del ESTA, el proceso se ha racionalizado, permitiendo al DHS prescindir de las formalidades de cumplimentación de los formularios I-94W para los viajeros del Programa de Exención de Visado. El proceso, ahora sin papeles, permite a muchos transportistas la posibilidad de validar mensajes y solicitudes directamente relacionados con el estatus ESTA del solicitante.

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¿Necesito un ESTA si llego a EE.UU. por tierra?

Sí, se requiere un ESTA aprobado si un titular de pasaporte VWP está conduciendo a través de la frontera hacia los Estados Unidos desde Canadá o México. Anteriormente, se requería un I-94W para los viajeros VWP que entraban al país por tierra, sin embargo, el requisito del ESTA entró en vigor el 1 de octubre de 2022.

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¿Por qué es imprescindible que obtenga una autorización de viaje en el marco del Programa de exención de visado cuando viaje a EE.UU.?

El ESTA permite al DHS determinar la admisibilidad del viajero para viajar a EE.UU. bajo el VWP. Un ESTA aprobado no garantiza la entrada en Estados Unidos, ya que la entrada la determinan los agentes de Aduanas y Protección de Fronteras. Sin un ESTA o visado aprobados, no se permitirá la entrada del viajero en Estados Unidos.

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No soy elegible para un ESTA, me gustaría obtener más información sobre la solicitud de un visado, ¿dónde puedo ir para obtener más material de lectura?

Puede encontrar información sobre las categorías y requisitos de los visados estadounidenses visitando la siguiente página sobre categorías y tipos de visados estadounidenses.

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He viajado a Cuba, ¿se cancelará mi ESTA?

Cuba fue designada como Estado Patrocinador del Terrorismo por el Departamento de Estado de EE.UU. el 12 de enero de 2021. El impacto de esta designación significa que los solicitantes ESTA que hayan visitado Cuba desde esta fecha verán canceladas sus autorizaciones ESTA. Para más información, visite el siguiente enlace sobre el ESTA y los viajes a Cuba.

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Solicitar una autorización de viaje


¿Cómo puedo solicitar una autorización de viaje para visitar los EE.UU.?

  • Llene y complete su solicitud en línea - verifique su número de pasaporte y el país emisor del pasaporte.
  • Confirme los datos de cada viajero
  • Envíe las solicitudes
  • Realice el pago
  • El estado de la solicitud se le enviará por correo electrónico cuando el CBP (Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de EE.UU.) tome una decisión.

A continuación le resumimos cada uno de estos pasos para que entienda mejor cómo completar el proceso de solicitud:

Rellene y complete su solicitud en línea

Deberá facilitar información sobre

  • Datos personales básicos
  • Información del pasaporte (su pasaporte debe estar expedido por un país participante en el VWP)
  • Información del empleador
  • Dirección y persona u organización de contacto dentro de EE.UU.
  • Un contacto que pueda utilizarse en situaciones de emergencia
  • Datos de la tarjeta de crédito
  • Respuestas a las nueve preguntas de elegibilidad y seguridad

Si presenta una solicitud de grupo, asegúrese de rellenar una solicitud por cada persona que vaya a viajar a Estados Unidos. Esto incluye a bebés y niños. Cada individuo que desee viajar a EE.UU. bajo el VWP debe tener una autorización de viaje aprobada.

Compruebe sus datos, especialmente los de su pasaporte.

Envíe su solicitud

Envíe su solicitud después de asegurarse de que sus respuestas son correctas. Si necesita hacer alguna corrección, puede volver a la solicitud seleccionando el botón anterior ANTES de enviar su solicitud.

Anote su número de solicitud y guárdelo en un lugar donde lo recuerde

Su número de solicitud le resultará útil más adelante si necesita comprobar el estado de su solicitud o actualizar los datos de la misma. Junto con su número de solicitud, deberá facilitar su número de pasaporte y fecha de nacimiento para acceder a esta información.

Realice el pago

Una vez más, asegúrese de comprobar su información antes de efectuar el pago, ya que hay determinados campos de datos que no podrá modificar una vez efectuado el pago. Tiene hasta 7 días para efectuar el pago después de iniciar su solicitud, tanto si se trata de una solicitud individual como de una solicitud de grupo.

Para efectuar el pago, introduzca los datos de su tarjeta de crédito. El pago es necesario para tramitar la solicitud y, a continuación, una vez aceptada y aprobada su autorización de viaje, se requiere el pago de una tasa para tramitar cada solicitud.

¿Cómo ver el estado de su solicitud?

Es probable que reciba el estado de su solicitud a los pocos minutos u horas de enviarla; de lo contrario, puede que tenga que esperar hasta 72 horas para recibir una actualización. El sistema le enviará automáticamente información que podrá utilizar para comprobar el estado de su solicitud en caso de que su estado haya vuelto con una notificación de pendiente.

Puede recibir una de las tres respuestas siguientes a su solicitud:

  • Autorización aprobada

Si recibe este mensaje significa que ya puede viajar a EE.UU. utilizando su autorización de viaje aprobada en virtud del VWP. Recibirá una confirmación de la aprobación de la solicitud y su recibo de pago. Tenga en cuenta que esto todavía no garantiza su entrada en EE.UU.

  • Viaje no autorizado

No ha recibido autorización para viajar a EE.UU. en virtud del VWP. Sin embargo, una solicitud ESTA denegada no significa necesariamente que no pueda entrar en EE.UU. Si aún así desea viajar a EE.UU. deberá obtener un visado. Puede encontrar más información sobre las categorías de visados y su uso visitando https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas.html.

  • Autorización pendiente

Si recibe este estado es posible que tenga que esperar hasta 72 horas para recibir una decisión. Puede mantenerse al día comprobando su estado ESTA utilizando su número de solicitud, número de pasaporte y fecha de nacimiento almacenados previamente.

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¿Por qué hay campos de información adicionales y qué importancia tienen?

El 11 de septiembre fue el catalizador de muchos cambios dentro de la industria de viajes y eso incluye el Programa de Exención de Visado. Desde entonces, el VWP ha tenido que adaptarse y mejorar sus medidas de seguridad para detectar eficazmente los riesgos de seguridad incluso antes de que viajen a Estados Unidos. En 2016 y de nuevo en 2019, el ESTA sufrió cambios para mejorar las capacidades de control de seguridad y detectar amenazas para los viajeros antes de que se les permita entrar en Estados Unidos.

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¿Qué puedo esperar en relación con las preguntas de seguridad?

A continuación encontrará algunas orientaciones relativas a las preguntas de seguridad.

PREGUNTA

Se le formulará una pregunta relativa a su estado de salud mental/física, si tiene problemas relacionados con las drogas o si padece alguna o varias de las siguientes enfermedades:

  • Tuberculosis activa
    • Chancroide
    • Lepra infecciosa
    • Linfogranuloma venéreo
    • Gonorrea
    • Sífilis infecciosa
    • Granuloma inguinal

DESCRIPCIÓN

Enfermedades

Entre las enfermedades contagiosas que podrían afectar masivamente a la Salud Pública se encuentran las mencionadas anteriormente.

Trastornos físicos o mentales

Debe responder "sí" a la pregunta relativa a los trastornos físicos o mentales si:

  • Padece actualmente un trastorno físico/mental y tiene antecedentes familiares del trastorno específico en cuestión. Además, si su trastorno ha supuesto en el pasado o puede suponer en el futuro una amenaza para sus bienes personales o la seguridad de las personas que están en contacto con usted.
  • Anteriormente padeció un trastorno mental con la descripción anterior.

Debe responder "no" a la pregunta relativa a los trastornos físicos o mentales si

  • No padece ninguna enfermedad física o mental en este momento.
  • Ha tenido en el pasado, o tiene en este momento, una enfermedad física o mental que NO ha dado lugar a un comportamiento que suponga un obstáculo para su propiedad, su seguridad y/o la seguridad de las personas que le rodean.
  • En la actualidad, padece una enfermedad física o mental y ha mostrado los rasgos generalmente asociados a la enfermedad, pero estos rasgos NO han dado lugar a un comportamiento obstructivo para su propiedad, su seguridad y/o la seguridad de quienes le rodean.
  • Ha padecido una enfermedad física o mental en el pasado y ha mostrado los atributos relacionados con la enfermedad, y éstos han dado lugar a un comportamiento que obstaculiza su propiedad o la seguridad propia y de quienes le rodean.

Toxicómanos y drogadictos

Es posible que una persona declarada toxicómana o drogadicta no sea un candidato plausible para viajar a EE.UU. Deberá responder a esta pregunta con cuidado y sinceridad.

Consulte los siguientes recursos para comprender mejor el tema:

  • "§ 212(a)(1)(A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, 8 U.S.C.". [Departamento de Seguridad Nacional - Aduanas y Protección de Fronteras - ESTA]
  • § 1182(a)(1)(A), y reglamentos correspondientes en el Código de Reglamentos Federales.

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PREGUNTA

Se le hará una pregunta sobre si alguna vez ha sido detenido o condenado por un delito que haya causado daños graves a la propiedad, o daños graves a otra persona o a la autoridad gubernamental.

DESCRIPCIÓN

Generalmente se trata de delitos moralmente depravados, viles y corruptos que van en contra de todo comportamiento, moral y valores socialmente aceptados.

La edad del delincuente y la fecha en la que se cometió el delito pueden influir en la consideración de la infracción como delito en relación con los elementos mencionados.

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PREGUNTA

Se le formulará la pregunta relativa a las infracciones de la ley relacionadas con el consumo, posesión y distribución de drogas.

Consulte los siguientes recursos para una comprensión más clara de los temas:

  • "§ 212(a)(2) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, 8 U.S.C." [Departamento de Seguridad Nacional - Aduanas y Protección de Fronteras - ESTA].
    • "§ 1182(a)(2), § 101(a)(43) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, 8 U.S.C." [Department of Homeland Security - Customs and Border Protection - ESTA [Departamento de Seguridad Nacional - Aduanas y Protección de Fronteras - ESTA]
    • § 1101(a) (43) y reglamentos correspondientes del Código de Reglamentos Federales.

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¿Tendré que llevar una versión impresa de mi autorización de viaje para mostrarla en el aeropuerto?

No es necesario imprimir su autorización de viaje, ya que el sistema es totalmente electrónico y su compañía aérea o marítima podrá obtener del DHS la información sobre su estatus ESTA. Puede ser una buena idea imprimir una copia de su autorización aprobada para tener una confirmación a mano y mantener un registro de su número de solicitud.

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¿Qué grado de privacidad y seguridad ofrece el sitio web del ESTA?

Hemos implementado tecnología de seguridad para garantizar la privacidad de todos los datos y otra información vital en el sitio web. El sitio web opera dentro de la plena observancia de las regulaciones internacionales de la Industria de Tarjetas de Pago Estándar - Estándar de Seguridad de Datos (PCI-DSS) establecidas por las principales compañías de crédito para proteger la información personal de sus clientes.

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¿Qué debe tener mi ordenador o dispositivo móvil para presentar correctamente una solicitud ESTA?

Los requisitos mínimos son un navegador de Internet compatible con el cifrado de 128 bits. El navegador debe estar actualizado a la última versión con JavaScript habilitado y configurado para aceptar cookies. Los principales navegadores son compatibles. Si sigue teniendo problemas, pruebe a utilizar una plataforma de navegador o una conexión a Internet diferentes.

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¿En qué circunstancias tendría que volver a solicitar una autorización de viaje a través del ESTA?

Estos son los posibles escenarios que requerirían una nueva autorización de viaje:

  • Usted sufre un cambio de nombre.
  • Se le ha expedido un nuevo pasaporte.
  • Ha cambiado de sexo.
  • Cambia de país de nacionalidad.
  • Si sus circunstancias han cambiado y ello afecta directamente a la validez de algunas de las preguntas a las que ha respondido en su solicitud anterior.
  • Su autorización de viaje actual ha caducado por haberse cumplido el plazo de dos años o por haber caducado su pasaporte. (Tenga en cuenta que, aunque cada solicitud aprobada tiene un plazo de dos años, si su pasaporte caduca dentro de esos dos años, su autorización de viaje caducará también automáticamente).

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Soy titular de una autorización de viaje válida y aprobada. Sin embargo, caduca durante mi estancia y antes de salir de EE.UU. ¿Tendré que solicitar una nueva ESTA antes de salir para EE.UU.?

No es necesario, ya que sólo es necesario ser titular de una autorización de viaje válida a la llegada y para entrar en Estados Unidos.

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Tengo doble nacionalidad y mi pasaporte no VWP ha caducado. ¿Qué debo hacer?

Introduzca la información más reciente de su pasaporte adicional, aunque haya caducado. Si no posee un pasaporte para el país no VWP, deje el campo del pasaporte en blanco después de elegir el país en el menú desplegable.

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¿Puedo dejar en blanco un campo obligatorio y se rechazará mi solicitud si lo hago?

No, todos los campos obligatorios son obligatorios y no se le permitirá presentar su solicitud con campos en blanco. La información incorrecta no necesariamente resultará en la denegación de una solicitud, pero puede requerir tiempo adicional para procesar antes de que se pueda llegar a una decisión para su solicitud ESTA.

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¿Por qué es relevante la información sobre mi empleador?

Su información de empleo ayuda a establecer que usted no está planeando entrar a los Estados Unidos como inmigrante y proporciona evidencia de su intención de regresar a su país de origen.

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Actualización de una autorización de viaje


En caso de error o cambio de datos, ¿qué campos se pueden actualizar?

Antes de efectuar el pago y finalizar el proceso, puede actualizar toda la información a excepción del número de pasaporte y el país emisor del pasaporte. Para hacer cambios en estos dos campos, tendrá que iniciar una nueva solicitud y pagar las tasas asociadas a la misma.

Si ya ha efectuado el pago, sólo podrá actualizar los siguientes datos:

  • Su dirección de correo electrónico
  • Su dirección durante su estancia en EE.UU.

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La información de mi pasaporte ha cambiado desde que solicité mi autorización de viaje a través del ESTA, ¿qué debo hacer?

Si el pasaporte en el que basó su solicitud de autorización de viaje ha cambiado por cualquier motivo, deberá iniciar el proceso de solicitud de una nueva autorización de viaje. Tenga en cuenta que en la nueva solicitud deberá abonar las tasas de solicitud.

Hay otros datos que puede actualizar en su solicitud sin tener que solicitar una autorización. Consulte la lista aquí.

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¿Cómo puedo corregir un error en mi solicitud ESTA?

Todos los solicitantes tienen la oportunidad de revisar la información que proporcionan y asegurarse de que es 100% correcta antes de presentar la solicitud. También se le pedirá que reconfirme su número de pasaporte. Aún puede hacer cambios antes de efectuar el pago. Esto incluye todos los datos excepto el número de pasaporte y el país de expedición del pasaporte, por lo que es vital asegurarse de que esta información es correcta.

Si ha cometido un error en su solicitud en relación con su pasaporte y sus datos biográficos, deberá iniciar una nueva solicitud. Esta nueva solicitud está sujeta a las tasas de solicitud.

Para más información sobre cómo corregir errores en su ESTA, consulte el siguiente enlace: Corregir un error en el formulario ESTA

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He cometido un error en mi solicitud ESTA con respecto a la fecha de expedición o de caducidad de mi pasaporte. ¿Cómo puedo corregirlo?

Usted aún puede hacer cambios siempre y cuando la solicitud aún no haya sido procesada. Si ya ha efectuado un pago, deberá iniciar de nuevo el proceso de solicitud. Deberá abonar la tasa correspondiente a la nueva solicitud.

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Necesito actualizar mi solicitud, pero he olvidado mi número de solicitud, ¿qué hago?

Puede realizar cambios en su solicitud haciendo clic en la opción "recuperar solicitud" de la página de inicio. Una vez que haya hecho clic en esta opción, observará que le lleva a una nueva pantalla en la que puede elegir entre recuperar una única solicitud o un grupo de solicitudes.

Necesitará la siguiente información para recuperar una única solicitud:

  • Número de pasaporte y fecha de nacimiento
  • Nombre y apellidos
  • Apellidos
  • País emisor del pasaporte

Cuando haya introducido la información que se le pide, puede seleccionar Continuar para pasar a la página de solicitud.

Necesitará la siguiente información para recuperar una solicitud de grupo:

  • Información del punto de contacto del grupo (tenga en cuenta que se refiere a los datos de la persona que presentó originalmente el grupo de solicitudes).
  • ID de grupo (si no dispone de este número o tiene alguna duda, puede elegir la opción "No conozco mi ID de grupo". El número de identificación de grupo se enviará al correo electrónico de la solicitud original. Es decir, la dirección de correo electrónico utilizada cuando se creó el grupo por primera vez).
  • Nombre del contacto
  • Apellidos del contacto
  • Fecha de nacimiento del contacto
  • Correo electrónico del contacto

Una vez introducidos todos los datos, puede acceder a la solicitud de grupo.

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Pago requerido para una autorización de viaje


¿Cuál es la tasa de autorización de viaje?

Existe una tasa tanto por la tramitación de la solicitud como por la autorización de la misma.

Tasa de tramitación: hay una tasa que se abona al presentar la solicitud para su tramitación. Tenga en cuenta que cada nueva solicitud requiere una nueva tasa; sin embargo, se puede pagar más de una solicitud utilizando un único pago.

Tasa de autorización: Se abonará una tasa cuando se apruebe la solicitud presentada. Recibirá autorización para viajar a EE.UU. una vez que su solicitud haya sido aprobada y se añadirá una tasa de autorización adicional al pago con tarjeta de crédito. Tenga en cuenta que este pago sólo es pagadero si su solicitud es aprobada.

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¿Cuál es el proceso de pago para presentar una solicitud ESTA?

Las solicitudes ESTA no serán procesadas sin un método de pago válido. Todos los pagos deben realizarse con una de las siguientes tarjetas de crédito o débito:

  • Master Card
  • VISA
  • American Express
  • Discover (JCB, Diners Club)

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¿Puedo realizar un pago para más de una solicitud?

Sí, el ESTA permite realizar solicitudes de grupo que pueden pagarse utilizando un solo método de pago y una sola transacción. Las solicitudes de grupo son aquellas en las que dos o más solicitantes presentan su solicitud al mismo tiempo. Sin embargo, solicitar como grupo no significa que los individuos del grupo deban viajar juntos.

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¿Cuál es el número máximo de solicitudes ESTA que se permiten bajo un mismo pago?

El número total de solicitudes que puede presentar por pago único es de 50.

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¿Puedo solicitar ahora y pagar más tarde?

Sí, tanto para el pago único como para el pago en grupo, usted puede solicitar ahora y realizar su pago dentro de los 7 días siguientes a la creación de la solicitud en el sistema. Transcurridos 7 días, el acceso a su solicitud caducará y tendrá que volver a crear su solicitud o solicitudes de grupo.

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¿Están seguros los datos de mi tarjeta de crédito o débito?

Sí. El sistema ESTA no conserva ningún dato de su tarjeta de crédito o débito. Sus datos de pago se procesan respetando las normas internacionales del estándar Payment Card Industry - Data Security Standard (PCI-DSS).

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Proceso de solicitud múltiple


Quiero pagar por un grupo de solicitudes. ¿Recibiré notificación del estado de todas al mismo tiempo?

No, tras la presentación de la solicitud, el estado de cada una de ellas se determinará individualmente y se le notificará su estado dentro del plazo de tramitación de 72 horas. El importe del pago de la autorización se asignará una vez que se hayan tramitado todas las solicitudes y tengan un estado de "Aprobado" o "Viaje no autorizado".

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¿Cómo solicito un grupo?

Necesitará tener a mano la siguiente información

  • Nombre (no apodos, debe ser el mismo que figure en sus documentos de identidad)
  • Apellidos
  • Fecha de nacimiento
  • Dirección de correo electrónico
  • En caso de que sea una organización la que realice el pago, también se puede anotar el nombre de la organización como dato opcional.

Después de completar su primera solicitud, puede añadir una nueva solicitud o añadir una solicitud no pagada haciendo clic en las opciones respectivas de esas dos opciones.

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Privacidad de los datos ESTA


¿Quién tiene acceso a los datos compartidos con ESTA y cómo se protegen?

La información que los solicitantes envían al ESTA sólo puede ser consultada por las personas que deben tratarla. Todos los datos son estrictamente controlados y los estándares de seguridad están al tanto de los estándares de la industria encontrados en programas similares de revisión para viajeros.

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¿Se comparten los datos del ESTA con terceros?

Los datos proporcionados por los viajeros que solicitan un ESTA no se comparten y permanecen dentro de las reglas establecidas por el Aviso del Sistema de Registros de la Ley de Privacidad y estas regulaciones se pueden encontrar en el sitio web del DHS. Existen algunos casos en los que los datos pueden compartirse fuera del marco del ESTA. Estos casos incluyen:

  • El intercambio de información con diferentes sectores del DHS. Esta puesta en común es selectiva y compartimentada, de modo que la información y los datos sólo pueden utilizarse si su uso está en correlación con el deber del sector.
  • Oficinas consulares del Departamento de Estado. Esta puesta en común se produce a raíz de la denegación de una autorización de viaje y tiene por objeto específico ayudar a los funcionarios a tomar una decisión sobre el visado basándose en la información suministrada.
  • Compartir información relevante con agencias gubernamentales federales, estatales, locales, tribales y extranjeras reconocidas y apropiadas. Así como otros institutos gubernamentales conjuntos.
  • El intercambio de información puede ser determinado por el DHS si considera que el intercambio de información puede ser directamente beneficioso para las acciones antiterroristas, o si se utiliza para recopilar información relacionada con delitos contra la seguridad nacional y/o internacional.

Las compañías aéreas y marítimas tendrán acceso al estado de su solicitud ESTA. Sin embargo, no reciben más información personal que la directamente relacionada con la autorización de viaje.

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¿Durante cuánto tiempo se almacenarán mis datos en la plataforma ESTA?

Generalmente, la información permanece activa mientras su autorización de viaje esté activa, lo que supone un periodo de dos años. Este periodo puede ser más corto si su autorización de viaje caduca antes de lo previsto por cualquier motivo, por ejemplo, si su pasaporte caduca antes de la fecha oficial de caducidad de su autorización de viaje, en cuyo caso su ESTA caducará automáticamente junto con su pasaporte.

Una vez caducada su autorización de viaje, el DHS conservará los datos durante un año más.

Transcurrido este periodo, sus datos se archivarán durante doce años más.

Los datos que se utilicen por los motivos que se indican a continuación se conservarán mientras duren las actividades para las que se utilicen:

  • Datos que se siguen utilizando activamente o que están vinculados a actividades policiales
  • Datos CPB vinculados a investigaciones, incluidas las solicitudes denegadas.

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¿Por qué se archivan mis datos y quién tiene acceso a ellos?

Todos los datos se archivan tras la expiración de la autorización de viaje. Con ello se pretende garantizar la disponibilidad de la información para que pueda recuperarse en caso de que sea necesaria para fines de seguridad nacional, investigación y otros fines relacionados con la aplicación de la ley.

El acceso a los datos una vez archivados es limitado y sólo se recuperarán para los fines antes mencionados.

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Viaje no autorizado


¿Qué debo hacer si mi solicitud ESTA ha sido denegada?

Si aún desea viajar aunque su solicitud haya sido denegada, deberá solicitar un visado de no inmigrante. Puede visitar https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas.html para obtener más información sobre cómo solicitar el visado correspondiente. Afortunadamente, en esta situación, la denegación de un visado de viaje a través del ESTA no revoca automáticamente su derecho a solicitar un visado. Si su solicitud ESTA no es aprobada, el asunto no puede ser llevado ante un tribunal con el fin de reconsiderarlo.

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¿Es posible volver a solicitar un ESTA si ya me lo han denegado?

Si su solicitud ha sido denegada, es muy poco probable que sea aprobada la segunda vez si sus circunstancias no han cambiado desde la fecha de la primera solicitud. Los viajeros que no hayan obtenido el ESTA no están cualificados para viajar bajo el Programa de Exención de Visado, por lo que tendrán que solicitar un visado de no inmigrante a través de su Embajada o Consulado de EE.UU. más cercano.

Es de vital importancia tener en cuenta que volver a presentar una solicitud con información diferente o falsa en un intento de cumplir los requisitos para obtener una autorización de viaje descalificará permanentemente al viajero para obtener la aprobación para viajar a EE.UU. en el marco del Programa de exención de visado.

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¿Me han denegado la autorización de viaje y quiero saber por qué? ¿Cómo puedo hacerlo?

Puede presentar una solicitud de reparación en línea en el sitio web del programa Travel Redress Inquiry del DHS. Sin embargo, dado que el programa ESTA se ha creado de tal manera que sólo se deniega la autorización de viaje a las personas que no reúnen los requisitos para viajar en virtud del VWP o cuyo viaje a EE.UU. supondría un riesgo para la seguridad, no existen garantías de que su solicitud tenga éxito.

Las Embajadas y Consulados no pueden darle ninguna información, ni resolver cuestiones relativas a su autorización de viaje denegada.

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¿Es posible obtener una cita de urgencia para el visado en una Embajada o Consulado de EE.UU. en el caso de que la solicitud de autorización de viaje del viajero haya sido denegada, pero el viajero necesite viajar inmediatamente?

No se puede garantizar la disponibilidad de citas para el día siguiente. Por lo tanto, es imperativo solicitar la aprobación ESTA con mucha antelación. El mínimo sugerido es de 72 horas antes de la salida del viaje, sin embargo, para estar seguros, los solicitantes deben solicitarlo con semanas o meses de antelación. Puede obtener más información sobre el proceso de solicitud de visado en su consulado más cercano o en https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas.html.

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¿Qué debo hacer si mi grupo está bloqueado y no puedo utilizar el identificador de grupo para acceder a mi solicitud?

Puede navegar a la página Recuperar solicitud donde encontrará un botón para recuperar una solicitud. Puede utilizar esta opción para acceder a cualquier solicitud individual aunque el grupo esté bloqueado.

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Solicitar una ESTA

Se requiere una exención de visado ESTA para viajes de turismo, de negocios o de tránsito con una duración inferior a 90 días.. No obtener una ESTA puede dar lugar a la denegación de la entrada en la frontera, así como a una sanción elevada. Se recomienda solicitarla lo antes posible.

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